En virtud de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE FUNCIONALMENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente causa, incoado por el ciudadano ROBERTO ANTONIO CONTRERAS RAMIREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.849.666, debidamente asistido por la Abg. JUDITH MARIA MARTINEZ JIMENEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 263.994, contra JUNTA DE CONDOMINIO CIUDAD PARQUE LA PRADERA, representado por IVAN CARREÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.539.091, en su carácter de Presidente; EDGAR MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.938.814 (Tesorero) y JESUS CLARA, venezolano,.....