Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadana FABIOLA DEL VALLE LEON RUBIO, venezolana, mayor de edad,soltera, titular de la cedula de identidad Nº 19.859.272, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas(I.N.T.U), la cual tiene una superficie de CIENTO VEINTISIETEMETROS CON TREINTA Y SEISCENTIMETROS CUADRADOS(127,36Mts2) y un área de construcción de SETENTA METROS CON CUARENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (70,49Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Propiedad que es o fue de Astroberto Marichales,con 7,97 ML; SUR:Transversal Nº 05, con 7,97 ML;ESTE:Propiedad que es o fue de Amelis Rubio, con 15,98 ML; y OESTE:Propiedad que es o fue de José Veira, con 15,98ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho d.....