DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Control No 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento de la causa seguida contra el ciudadano: LUIS MANUEL ÁVILA RODRÍGUEZ , venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero: 17.524.030, natural de esta ciudad (Tucupita Estado delta Amacuro), nacido en fecha 08/08/84, de 21 años de dad, hijo de Mercedes Rodríguez (v) y Luis Ávila (V), de ocupación u oficio obrero, residenciado en la calle pativilca de esta ciudad, casa numero: 124, por haber sobrevenido una de las causales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal y haciendo cesar todas las medidas de coerción. Todo de conformidad con el artículo 318 numeral 3 en concordancia con el ordinal 6° del Artículo 48 del Código Orgánico Pro.....