DISPOSITIVA
Por todo los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DREQUETA: La solicitud de prorroga , de la medida judicial preventiva de libertad de los acusados: LISMELDI LEOMAR CASTILLO BRITO, JOSE ASUNCION RUIZ TABATA, ELIÉCER JOSE RAMOS TORRES, JOSE ANTONIO HEREDIA SALAZAR, JUAN FRANCISCO MORENO, solicitada por el representante del Ministerio Público, ABG. NOEL RIVAS ACOSTA, DE SEIS (06) MESES, de conformidad con artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal en su ultima parte establece, "En ningún caso podrá sobrepasar la pena mínima prevista para cada delito, ni exceder del plazo de dos años. Excepcionalmente, el Ministerio Público o el querellante podrán solicitar al Juez de control, una prórroga, que no podrá exceder de la .....