En este Orden de ideas, se observa que el imputado esta dando cumplimiento a la medida impuesta desde hace más de tres meses, así como también manifiesta que por razones de trabajo se le dificulta cumplir con el régimen impuesto, para locuaz consigna constancia de trabajo, por lo que este Tribunal considerando que el imputado a dado cumplimiento con la medida impuesta, así como el derecho que tiene de trabajar dignamente, todo de conformidad con los artículos 264 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 87 de nuestra Carta Magna, se acuerda la ampliación del régimen de presentaciones de cada quince (15) días a cada treinta (30) días por ante la oficina de alguacilazgo de esta Circunscripción Judicial Penal , por todo lo antes expuesto este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: Se amplia el régimen de presentaciones periódicas impuesta al imputadoGONZALEZ MARCANO JORGE MANUEL, venezolano, natural de San Félix, .....