DISPOSITIVA.
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: La Incompetencia de este Tribunal para conocer la presente demanda por DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por el ciudadano VERNON FRANCISCO OTTLEY LIENDRO, Venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cedula de identidad Nº V-8.928.411, domiciliado en la calle 5 de Julio, casa Nº 36 de la Ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, debidamente asistido por el abg. ANIBAL JOSÉ GÓMEZ ABREU, en contra de la ciudadana MIGUELINA HAFFAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.498.825 .SEGUNDO: Se Declina la Competencia al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado D.....