Este tribunal Segundo de primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Debe primeramente pronunciarse sobre la solicitud de nulidad del escrito acusatorio requerido por el defensor alegando violación al artículo 285 de la Constitución por no existir ninguna garantía o derecho vulnerado en este proceso, por lo que se DECLARA SIN LUGAR, tal solicitud. Observa quien decide que, tal solicitud de nulidad absoluta solo se refieren a inobservancia de leyes o a la intervención, asistencia y representación del imputado, circunstancias estas que no se verifican en la presente causa, ya que el imputado ha estado debidamente asistido desde su primera presencia ante un Juez de la República, así las cosas, se DECLARA SIN LUGAR el requerimiento de nulidad solicitado por el defensor, por no estar .....