DISPOSITIVA:
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la demanda interpuesta por Cumplimiento de Contrato Verbal, intentada por la Ciudadana LOURDES OFELIA VARGAS ALCOCER, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad numero V- 10.820.906, domiciliada en la Comunidad de El Amparo, Municipio Casacoima, debidamente asistida ROJEXI TENBORIO, Abogado e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 83.834, Defensor Público Primero Agraria, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, actuando en su condición de Defensor. Teniendo en consideración que cada parte debe cumplir con la carga de su alegación, esta.....