Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada porla ciudadana INDIRA DEL CARMEN VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº 21.083.218, sobre una parcela de terreno propiedad de Ejidos Municipales, la cual tiene una superficie de CIENTOCUARENTA METROS CON VEINTICINCO CENTIMETROSCUADRADOS(140,25Mts2) y un área de construcción de CUARENTA Y OCHO METROS CON SESENTA Y SEISCENTIMETROS CUADRADOS(48,66 Mts2), alinderadade la siguientemanera: NORTE:Calle en proyecto con 24,90 ML; SUR:propiedad que es o fue de Jesús Zacarías, con 24,90 ML; ESTE:propiedad que es o fue de Yixon Gómez con 12,35 ML; y OESTE:Calle en proyecto con 12,35 ML; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión que tienela ciudadana INDIRA DEL.....