MOTIVA
Vista la anterior actuación que conforma la presente Demanda por NULIDAD DE VENTA DE INMUEBLE, pasa este Tribunal a tomar las siguientes consideraciones para decidir acerca de la presente y al respecto observa: Que desde la fecha (05-12-2025) en que se insto a subsanar la inconsistencia habida en la presente demanda hasta la presente fecha la parte, no ha cumplido con lo solicitado por este Tribunal, siendo este requisito indispensable para tramitar dicha pretensión.
El presente procedimiento pretende la NULIDAD DE VENTA DE INMUEBLE interpuesta por el ciudadano JOHAN FRANCISCO OLIVEROS GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-21.404.368, contra los ciudadanos: MILAGRO DEL VALLE HERERIA LOPEZ y JESUS RAFAEL LEON HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-15.455.891 y V-14.607.086, respectivamente, y siendo este procedimiento un juicio ordinario el cual debe cumplir con los requisitos establecidos e.....