DISPOSITIVA
Por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: De conformidad con el artículo 250, 5to. aparte del Código Orgánico Procesal Penal, y atendiendo a los artículos 13 y 280 ejusdem, se ACUERDA PRÓRROGA de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del vencimiento del lapso primeramente señalado de treinta días, al Fiscal Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, a fin de presentar acto conclusivo en la investigación seguida a los ciudadanos: PUMIACA PINO INOCENTE DEL JESUS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 13.443.197, REYES RIOS MAURO JUNIOR, titular de la cédula de identidad Nro. V- 24.120.177, BELLO URQUIA NOEL EMILIO, titular de la cédula de identidad Nro. V- 24.035.821, SILVA ELVIS DALLAN, titular de .....