Por lo antes expuesto, este Tribunal de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz, de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO, incoado por el ciudadano ANGEL FIGUERA DICURU, titular de la cédula de identidad N° 8.927.180, asistido por el abogado en ejercicio ANGEL FELIX GRIMON, Inpreabogado Nro. 71.242, en contra de la ciudadana JULIA HERNANDEZ DE NEGREIRA, suficientemente identificados en autos, ASI SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese, diaricese y cúmplase con lo ordenado en la presente sentencia interlocutoria. Agréguese al expediente respectivo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripc.....