PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación de sentencia interpuesto por el profesional del derecho CRUZ RAMON PINO MARTINEZ, y ratificado en cada una de las audiencias orales y públicas realizadas por ante esta Corte, en su carácter de defensor privado del ciudadano OMNNY JOSE GONZALEZ QUIJADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 21.083.001, y se PROCEDE A CORREGIR la sentencia definitiva de fecha 16 de enero 2014, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro; mediante la cual se CONDENÓ al ciudadano OMNNY JOSE GONZALEZ QUIJADA, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano; HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en relación con el artículo 80 ejusdem; ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE MANO ARMADA, previs.....