ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR las apelaciones de auto interpuestas por los Abogados: LUICELA MARGARITA FUENMAYOR GONZALEZ, en su condición de defensora privada de los ciudadanos WILLIAM ALFREDO VASQUEZ RODRIGUEZ y FELIPE GUSTAVO PEREZ RODRIGUEZ y NEILL JESUS REAÑO GARCIA, en su condición de Defensor Privado del ciudadano GERARDO ANTONIO SEPULVEDA BETANCOURT, suficientemente identificados, contra el auto dictado por el Juzgado Primero en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 29 de agosto del año 2007. Declara confirmada la decisión apelada.