DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuesta, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE LA DENUNCIA, interpuesta por el ciudadano: LUIS JOSE MAYORGA CALZADILLA, venezolano, natural de San Félix Estado Bolívar, de 27 años de edad, de fecha de nacimiento 21-02-1.984, titular de la cédula de identidad V-18.338.247, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en Sierra Imataca, sector Aniceto Lugo calle 02, Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro, de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.- Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.
EL JUEZ
ABOG. ALEXIS ENRIQUE DIAZ LEON
EL SECRETARIO,
ABOG. ANDERSON GOMEZ