Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud formulada en fecha dieciocho (18) de Octubre de 2007 por Abg. VILMA VALERO DELGADO, Fiscal Quinta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, por tanto, se declara extinguida la acción penal respecto de la imputación efectuada por la ciudadana Fiscal Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en contra el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión de uno de los delitos de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO y FUGA DE DETENIDOS, previsto y sancionado en los Artículos 472 y 259 del Código Penal Venezolano (Derogado), en perjuicio del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del.....