VII
DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR, la acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el abogado ALCIDE RAMÓN URBINA GARCÍA, actuando en nombre propio, parte presuntamente agraviada; contra el TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, todo ello, a los fines DE CUMPLIR CON EL ESPÍRITU ESENCIAL DEL RECURSO DE AMPARO que no es más que la restitución inmediata de la situación jurídica infringida, ORDENA:
2. SEGUNDO: La NULIDAD de las boletas dictadas en la sentencia de fecha dieciocho (18) de marzo de 2025, en el expediente 56.267 (numeración interna del juzgado agraviante), contentivo del juicio por Estimación .....