Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, de la Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con Lugar la solicitud presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y acuerda el sobreseimiento definitivo de la presente causa a favor del niño (IDENTIDAD OMITIDA), por concurrir una causa de inculpabilidad por razón de la edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral 2o, y 320 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por expresa remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con los artículos 561, literal "d", 531 y 532 ejusdem.
Segundo: Se pone término al presente procedimiento, con autoridad de cosa juzgad.....