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Decisiones del dia 19/06/2012

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Juicio de L.O.P.N.A
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : YP01-D-2007-000111 N° Sentencia : 1J-026-2012 Fecha: 19/06/2012
Procedimiento:
Admisión De Los Hechos
Partes:
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PUBLICO, DEFENSORA PUBLICA DE LA SECCION PENAL ADOLESCENTES, ADOLESCENTE: IDENTIDAD OMITIDA, VICTIMA: EL ESTADO VENEZOLANO
Resumen:
Por todos los razonamientos realizados este Tribunal Único de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera: PRIMERO: Se declara la responsabilidad Penal del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarse incurso en la comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: Se sanciona por el Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos al hoy joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, a cumplir las sanciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 620 Literal "d" eiusdem de LIBERTAD ASI.....
Juez/Ponente:
Digna Linares
Organo:
Tribunal Primero de Juicio de L.O.P.N.A
arriba

N° Expediente : YP01-D-2010-000031 N° Sentencia : 1J-025-2012 Fecha: 19/06/2012
Procedimiento:
Admisión De Hechos
Partes:
FISCAL QUINTO DEL MINISTERIO PUBLICO, DEFENSOR PRIVADO: IDENTIDAD OMITIDA, ADOLESCENTE: IDENTIDAD OMITIDA, VICTIMAS: IDENTIDADES OMITIDAS
Resumen:
Por todas estas razones este Tribunal Único de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide de la siguiente manera: PRIMERO: Se declara la responsabilidad Penal el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA por encontrarse incurso en la comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO EN LA MODALIDAD DE A MANO ARMADA y OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277, ambos del Código Penal, en perjuicio de IDENTIDADES OMITIDAS y el Estado Venezolano. SEGUNDO: Se sanciona por el Procedimiento Especial de Admisión de los Hechos al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, a cumplir las sanciones, de conformidad con lo establecido en los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en relación con el artículo 620 Literal "d" eiusdem de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOS (02) AÑO.....
Juez/Ponente:
Digna Linares
Organo:
Tribunal Primero de Juicio de L.O.P.N.A
arriba

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