Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL ITINERANTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: SE declara CON LUGAR la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL (POR PRESCRIPCIÓN) y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA signada con el Nº 10-F06-0688-2008 (nomenclatura del Ministerio Publico) seguida al ciudadano: SIFONTES JOSE ERNESTO, titular de la cedula de identidad V-11.209.312, residenciado en hacienda del medio vereda 07, casa 02, teléfono 0414-7674085, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA PSICOLÓGICA Y AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 39 Y 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigentes para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana: GOMEZ FATIMA DEL VALLE, titular de la c.....