DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Municipal y estadal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud formulada por el Abogado Abg. MARIA ISABEL ARELLANO DE LI, Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 283 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta en fecha nueve (09) de Marzo del año dos mil doce (2012), por ante la Policía del estado delta Amacuro, acantonada en Casacoima, por el ciudadano JUAN VIDAL FERNANDEZ, de nacionalidad venezolana, natural de Guanaco, estado Sucre, donde nació en fecha 14/02/1967, de 45 años de edad, de profesión u.....