Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE, la demanda por ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES DERIVADOS DE ACTUACIONES EXTRAJUDICIALESintentadapor el ciudadano LUIS ALBERTO RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-9.859.551, domiciliado en Las Mancas, via principal, casa S/N, parroquia San Rafael, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro, contra el ciudadano ELEAZAR RODRIGUEZ RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-8.953.601, domiciliado en la Urbanización La Paz, calle Intercomunal Orinoco, transversal I, casa n.....