Este Tribunal de Segundo de Primera Instancia en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Atendiendo a criterios de necesidad y proporcionalidad se estima conveniente e imperioso adoptar medidas para preservar la integridad física del ciudadano MAILA INARI BERIA HERRERA,  natural de Curiazo, Municipio Antonio Díaz, estado delta Amacuro,  de estado civil soltera, de 27 años de edad, de profesión u oficoio cocinera, teléfono 0287-4142798,  residenciada en el Barrio Deltaven, calle Nro. 02, casa Nro. 06 cerca de la bodega del Nito, Municipio Tucupita, estado delta Amacuro,   titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.487.644, de conformidad con lo establecido en los artículos  84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con lo previsto en el artículo  21 de la Ley  de Protección a la víctima, testigos y demás sujetos proces.....