esta Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la apelación de Sentencia, Interpuesta por el ciudadano JEAN CARLOS MILLÁN, en su condición de Síndico Procurador del Municipio Casacoima del Estado Delta Amacuro, contra la sentencia de fecha 14 de marzo del año 2006, dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, por Daños Materiales, Daños Emergentes y Lucro Cesante. Todo de conformidad con los artículos 7, 11, 12, 15, 16, 242, 254, 506, 509, 673 y 675 Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 2, 20, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.