En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al penado JUNIOR ISAAC GUZMAN LEON, venezolano, natural Tucupita, nacido en fecha 06-07-1994, de 18 años de edad, de profesión u oficio estudiante de 5to año de bachillerato, hijo de Belia Rosa León (v) Henri Guzmán (v), titular de la cedula de identidad Nº 26.127.521, estado civil soltero, residenciado en Hacienda del medio, vereda 13, casa 04, Tucupita, Estado Delta Amacuro, conforme a lo previsto en los artículos 471 encabezamiento en concordancia con el artículo 474 ambos del Código Orgánico Procesal Penal vigente.
Se acuerda notificar a las partes. Se ordena remitir mediante oficio, copia fotostática debidamente certificada por secretaría del.....