Se REVOCA el beneficio de régimen abierto, acordado por este Tribunal en fecha 18 de octubre de 2007, a los penados de autos MARCIAL RANDAL Y PALMA CHON, ambos indocumentados, de conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, en atención al incumplimiento por parte de los penados de las obligaciones impuestas, entre otras la obligación de pernoctar en el Centro de Tratamiento Comunitario Francisco de Miranda de Maturin y acatar la normativa penitenciaria interna.