En lo que respecta a las formulas alternativas de cumplimiento de pena, previstas en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, los penados LUIS FERNANDO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 11.214.833 y YUNILDE ABREU, titular de la cédula de identidad N° 8.928.262, podrán optar al:
Destacamento de trabajo al cumplir la cuarta parte de la pena impuesta, lo cual ocurrirá el día 02 de junio de 2006.
Régimen abierto al cumplir la tercera parte de la pena impuesta, lo cual ocurrirá el día 05 de septiembre de 2006.
Libertad condicional al cumplir las dos terceras partes de la pena impuesta, lo cual ocurrirá en fecha 15 de septiembre de 2007.
El confinamiento al cumplir las tres cuartas partes de la pena impuesta, lo cual ocurrirá en fecha 17 de diciembre de 2007.
De esta manera queda parcialmente reformado el cómputo de pena, dictado por este Tribunal en fecha 16 de enero de 2006, de conformidad con lo previsto en el artículo 482 del Código Or.....