DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Único de Juicio de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensa, en el sentido que se le acuerde una medida menos gravosa de las previstas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a sus defendidos ciudadanos: CHARLIE RAFAEL AGUANES RODRIGUEZ, YORDANIS MOISES RAMIREZ BONALDE, y JOSE ADRIAN GARCIA FRANCO. En cuanto a la solicitud de que el acusado: CHARLIE RAFAEL AGUANES RODRIGUEZ, sea traslado al Centro de Saludo de Alta Tecnología ubicado en la ciudad de Maturín, Estado Monagas, este Juzgado acuerda dicha solicitud, conforme a lo previsto en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Librese oficio al Director del Reten Policial, a los fines de que traslade al acusado con las s.....