Este Juzgado de Juicio para el Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención al artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación Fiscal fechada 22-02-2012 formulada en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, acusado por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA. Se admiten de igual manera todas y cada una de las pruebas ofrecidas por considerarlas lícitas, útiles, necesarias y pertinentes. SEGUNDO: Admitidos como han sido los hechos por parte del mencionado adolescente este Tribunal pasa a imponer la sanción corre.....