SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas por la sociedad mercantil IRON-STEEL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 19 de julio de 2002, bajo el N° 63, Tomo 43-A, parte demandada, a través de sus apoderados judiciales, abogados Heber Forero Jaimes y Tania Coromoto Rosales, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 209.525 y 73.984, respectivamente.
SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por la sociedad mercantil IRON-STEEL, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, en fecha 19 de julio de 2002, bajo el N° 63, Tomo 43-A, parte demandada, a través de sus apoderados judiciales, abogados Heber Forero Jaimes y Tania Coromoto Rosales, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 209.525 y 73.984, respectivamente, contenida en el ordinal 6° del artículo 346 Código de Procedimiento Civil, referida a los ordinales 4° y 6° del artículo 340 del Código ut supra mencionado......