este Juzgado Primero de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Acuerda: PRIMERO: Admite en todas y cada una de sus partes la eventual acusación presentada por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, en contra del joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificado, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, ejecutado en perjuicio del ciudadano ANTONIO RAFAEL GONZALEZ SOTILLO, también identificado, así como los medios de pruebas propuestos por ser legales y pertinentes. SEGUNDO: Admite y acuerda la CONCILIACION interpuesta, toda vez que la misma fue aceptada por la victima y el joven adulto imputado en todas y cada una de sus partes. TERCERO: Se suspende el Proceso a Pruebas por el lapso de seis (06) meses, plazo de cumplimiento de las obligaciones pac.....