En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio a terceros de igual o mejor derecho tal como lo previene el Artículo 937 del Código de Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD suficiente sobre las bienhechurias realizadas por la ciudadana: Maribel Rojas Martínez, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.530.695, domiciliada en la urbanización Alexis Marcano I, calle 04, transversal II, Tucupita, Estado Delta Amacuro, que mide Doscientas Sesenta Metros Cuadrados (260 mts2), ubicado en la urbanización Alexis Marcano I, calle 04, transversal II, Tucupita, Estado Delta Amacuro y comprende los siguientes linderos: NORTE: Familia Sarabia co.....