Por lo antes expuesto, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- ACUERDA la fórmula alternativa de cumplimiento de pena, DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado JOSE GREGORIO CARRASQUERO SOTILLO, antes identificado, al reunir de manera concurrente las exigencias del artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, hoy 488 del nuevo Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Líbrese oficio anexo Boleta de Pre libertad a nombre del penado JOSE GREGORIO CARRASQUERO SOTILLO, antes identificado, dirigido al Centro de Resguardo y Retención de Guasina, la cual contendrá, Tribunal, expediente, fecha, nombre apellido y demás datos, delito, victima, y fundamento jurídico (articulo).
3.- Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penite.....