En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Unipersonal en función de juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 13, 22 y 365, todos del Código Orgánico Procesal Penal: PRIMERO: DECLARA NO CULPABLE al ciudadano: RONNI RAFAEL RAMIREZ MORILLO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad No. 17.526.178, de 24 años de edad, fecha de nacimiento 17 de Abril 1983, residenciado en Carapal de Guara, detrás del Liceo de esa Localidad, de estado civil soltero, desempleado, padres Alexis Rafael Morillo y Melitza Moreno; de los delitos de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y ROBO GENERICO, previstos y sancionados en los artículos 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas y 455 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se ordena la liber.....