DISPOSITIVA.
Finalmente y analizadas todas las pruebas insertas en las actas procesales y del resultado que arrojan los razonamientos de hecho y de derecho expuestos. Este Tribunal llega a la firme convicción de que se encontraron en el curso del proceso suficientes elementos probatorios para que proceda el pago de Prestaciones Sociales derivado de la Relación de Trabajo que unió a los Ciudadanos CONCEPCIÓN PALACIOS, RUBEN MORILLO, JOSÉ SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número - 6.616.933, V-10.009.528, V-18.385.344, respectivamente y el CONCEJO MUNICIPAL DE PEDERNALES DEL ESTADO DELTA AMACURO. Y ASI SE DECIDE.
En consecuencia a tenor de los artículos 108, 133, 174,219, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo 92 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, CON SEDE EN LA CIUDAD DE TUCU.....