Nº 1EL-061-2017 SE DECLARA: REVISA DE OFICIO y CAMBIA LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR UNA MEDIDA MENOS GRAVOSA al joven (SE OMITE IDENTIDAD), conforme al artículo 647, literal e) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes consistentes en: PRIMERO: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, establecida en el articulo 624 en relación con el articulo 620 literal "b" LIBERTAD ASISTIDA, establecida en el artículo 626, en relación con el articulo 620 literal "d" den la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, por espacio de UN (1) AÑO, SIETE (07) MESES, VEINTICINCO (25) DIAS, de cumplimiento simultaneo, y SERVICIO A LA COMUNIDAD, establecido en el articulo 625 en relación con el articulo 620 literal "c" ejusdem por espacio de SEIS (6) MESES, de cumplimiento simultaneo, para culminar la sanción impuesta.