PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación ejercido los Abogados NOEL RIVAS ACOSTA y WILLIE NARVAEZ, en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos YARLIS DEL VALLE RONDON MOLINA, EFRAIN JESUS SILVA MATA y JESUS RAFAEL SALAZAR RODRIGUEZ, en contra de la decisión proferida por el Juzgado Segundo (2º) de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 30 de Noviembre de 2016, que, entre otros pronunciamientos, decretó la privación de libertad a los prenombrados justiciables, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de JORGE LUIS FREITES, ALEXANDER CARREÑO y EMERSON JOSE HERRERA, y, acordó el procedimiento ordinario.