Primero: CON LUGAR la solicitud de AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano: PEDRO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.546.494, Abogado, domiciliado en la ciudad de Tucupita, hábil civilmente, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 43.057, actuando en nombre y representación Judicial de la ALCALDÍA del MUNICIPIO TUCUPITA, DEL ESTADO DELTA AMACURO, en su carácter de SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL, según Resolución número 023-2007 de fecha 08 de Febrero de 2007, emitido por el Despacho del Alcalde del Municipio Tucupita Estado Delta Amacuro, según acuerdo de Cámara número 011-07 de fecha 06 de Febrero de 2007, contra el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en la persona del ciudadano Juez Suplente Especial Abogado PEDRO RAUSEO ZAPATA, siguiendo con lo consagrado en el articulo 158 de la Ley Orgánica del Poder Publ.....