Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios de este Estado se trasladò en el sitio señalado por la parte demandante, a fin de practicar Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles, propiedad de la parte demandada. La parte demandante previa conversaciòn con la parte demandada, solicita a este Juzgado la suspensiòn de la pràctica de la Medida Preventiva de Embargo, hasta un nuevo pedimento. Este Juzgado vista la solicitud, por no ser contraria a derecho asì lo acuerda y suspende en este acto la pràctica de la Medida. No habiendo mas diligencias que practicar ordena su regreso a su sede habitual.