DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal del Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y el Artículo 185-A del Código Civil vigente declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos: EBLIN ROCIO VALLE DE ROJAS y FERCIS JESUS ROJAS MATA, ambos identificados anteriormente y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, en virtud del matrimonio por ellos celebrado el día 14 de febrero de 2011, según consta del Acta Certificada de Matrimonio anexa, que quedó inserta bajo el Nº 043, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por la Oficina de Registro Civil del Municipio Maracaibo del estado Zu.....