...Negar la solicitud de Titulo Supletorio de Propiedad, interpuesta por las ciudadanas YANNEUDIS DEL VALLE, YANNEULIZ GLIDIMAR CEDEÑO MILANO y YANIRA DEL VALLE CEDEÑO MILANO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.17.524.728, V-18.657.529 y 8.951.468, la última de las nombradas en representación de la adolescente (SE OMITE EL NOMBRE), por cuanto las bienhechurías señaladas, pertenecen a la ciudadana OTILIA TOCHON ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.955.152, ubicada en Santa Cruz, donde existe una vivienda familiar y fue construida por medio de préstamo concedido por el Instituto Nacional de la Vivienda y ejecutada la Edificación de Vivienda de acuerdo con las Normas establecidas por Programa Nacional de Vivienda que ejecuta el Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, las cuales se encuentran construidas en terrenos Ejidos Municipales, en fecha 06-07-1976, por la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs.5.000,00), s.....