En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL ITINERANTE PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal Auxiliar Primera del Ministerio Publico, y en consecuencia se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA signada con el Nº 10F06-1052-2008, (nomenclatura del Ministerio Publico), seguida al ciudadano: FÉLIX RAMÓN REYES, (PERSONA DESCONOCIDA), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Sobre Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente para el momento de los hechos, en perjuicio de la ciudadana: NAURELIS DEL VALLE RODRÍGUEZ ESTRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 19.140.503, residenciada residenciado en la calle el Ceme.....