Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Único de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en función de JUICIO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la imposición de una medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, al acusado DERKYS HERRERA, solicitada por Defensor Público Segundo Penal . Abg. EMETERIO RANGEL QUINTERO.
Regístrese, publíquese y notifíquese de la presente decisión interlocutoria al Defensor Público y al Fiscalía Séptimo del Ministerio Público. Déjese copia certificada al copiador de sentencia. Dada firmada y sellada en el Tribunal de Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en función de JUICIO. En Tucupita, a los veintitcuatro (23) días del mes de Octubre del año dos mil siete (16-10-2007). AÑOS: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.