Se HOMOLOGA la transacción presentada por el abogado Manuel Antonio Tovar Acosta, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 16.234, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana ANA MARÍA ESPÓSITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad
V-18.783.016, el abogado Wilmer Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 124.360, en su carácter de apoderado judicial de las codemandadas MARBELLA NATHALIE PARÍS PIÑA y ALEJANDRA ESPÓSITO PARÍS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad
V-9.576.429 y V-21.484.662, respectivamente y por los ciudadanos JANNEXY ALCIRA ESPÓSITO Y GIOVANNI JAVIER ESPÓSITO MANZO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-16.785.477 y
V- 16.785.476, respectivamente, asistidos por el abogado Julio Esteban Hugo Delgado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 22.390 (...)