Este Tribunal Ejecutor de Medidas de este Estado se trasladò y constituyò en el sitio señalado por la pate demandante, a fin de practicar Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada. La parte demandante, previa conversaciòn con la parte demandada solicitò a este Juzgado, la suspensiòn de la pràctica de la Medida Preventiva de Embargo. Este Juzgado vista la solicitud de la parte demandante, por no ser contraria a derecho, lo acuerda en conformidad y suspende en este acto la pràctica de la Medida hasta un nuevo pedimento. No habiendo mas diligencias que practicar ordena su regreso a su sede habitual.