este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 8, 30, 365, 366, 469 y 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en los siguientes términos:
PRIMERO: El ciudadano FELIX JOSE MARTINEZ BARRETO, antes identificado está de acuerdo en aumentar la Obligación de Manutención en beneficio de su hija la Adolescente antes identificada, al equivalente a un Veinticinco por Ciento (25%) del salario Integral Mensual que devenga por FUNDACOMUNAL, por concepto de Obligación de Manutención Mensual, así mismo está de acuerdo en aumentar el Bono Vacacional, los Aguinaldos y cualquier otro beneficio laboral a un Veinticinco por ciento (25%).
SEGUNDO: Así mi.....