Por las razones antes expuestas, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado MIGUEL ARMANDO ALCANTARA, en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con competencia en Ejecución de Sentencias, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, de fecha 20 de Diciembre de 2008, mediante la que concedió el beneficio de Confinamiento, previsto en el artículo 20 y 52 del Código Penal Venezolano, a la ciudadana penada FRANMAY BERIA CARABALLO, ya identificada. Por consiguiente, se ordena la aprehensión de la referida ciudadana y una vez cumplida, se ordena al Juez de Ejecución correspondiente se sirva tramitar lo co.....