DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control No 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: El SOBRESEIMIENTO de la causa seguida contra de la ciudadana: : RENE ENRRIQUE SALAS, Titular de la cedula de identidad numero V-1.385.793, , Venezolana, mayor de edad, por haber sobrevenido una de las causales establecidas en el Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de : Apropiación indebida calificada: prevista y sancionada el artículo 470 en relación con el artículo 468 del código penal, cuyo delito contempla una pena de uno (01) a seis (05) años del código pena derogado , y una pena, de uno (01) a seis (05) años , código penal. Ahora bien tal como lo entáblese el articulo108 del código pena... (0missis).. La ley penal prescribe así 0rdinsl 4°: Por cinco años, si el delito .....