Por los razonamientos expuestos, este Juzgado de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y actuando conforme lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, publicada en la Gaceta Oficial N° 368.338, de fecha 02 de abril de 2009, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO, presentada por del ciudadano: Juan Felix Glod Brito, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.501.191, domiciliado en el Fundo La Linda, Sector El Supamo, Parroquia, Juan Bautista Arismendi, Municipio, Casacoima, Estado Delta Amacuro. En consecuencia, se declaran bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle al solicitante ya identificado, la posesión legítima sobre las bienhechurias enclavadas sobre terreno propiedad de la Corporación Venezolana de Guayana .....