Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud interpuesta por el ciudadano: CARLOS ZAMBRANO ZAPATA, en consecuencia NIEGA la entrega del vehículo: Marca Chevrolet, Modelo Grand Vitara, año 2001, Color blanco, Modelo Sedan, Placas IAI 33K, Serial del Motor actual H25A131689; serial de Carrocería: 8LDFTD62V10003670, Uso: Particular
Regístrese, diaricese, publíquese y déjese copia de la presente decisión.